Si bien las únicas actividades que señala la sección 6.8 "Realización de las actividades de seguimiento de una auditoría" de la ISO 19011 son "... acciones correctivas, preventivas o de mejora ...", conforme a las etapas 8, 9 y 10 del PG-008, las áreas auditadas deben implementar acciones (para "... atender la NC detectadas, así como para prevenir su recurrencia ...") emitir un reporte de ellas y dar seguimiento a su instrumentación.
La última etapa del PG-008 resulta superflua, ya que el CCI del plantel tiene como primer actividad sugerida para cada una de sus reuniones, precisamente el seguimiento de los acuerdos tomados (de todo tipo, no solamente en materia de atención a las NC detectadas).
En atención a lo señalado en la sección 5.5. "Registros del programa de auditoría", quedan pendientes dos puntos importantes:
- Un informe del seguimiento de la auditoría, y
- Resultado de la revisión del programa de auditorías
Recuérdese que, aunque no lo señala específicamente ninguno de los criterios de auditoría o del propio SGC, es práctica aceptada el designar a un "Responsable del SGC" en cada organización. Esta persona debería elaborar los documentos señalados; cuando no exista este puesto, ni se hubiera designado a un responsable del programa de auditorías, la responsabilidad recae en el Representante de la dirección.
¿Algún CECATI ha desarrollado los documentos citados?
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